El Departamento de Estado anunció en su Boletín de Visa de una acción definitiva con la fecha primero de enero de 2010 para la EB-4 visas para Inmigrantes Especiales de El Salvador, Guatemala y Honduras. Esto significa que a partir de mayo, los solicitantes de estos países que presentaron Peticiones de Inmigrantes Especiales en enero primero  de 2010 o después de esta fecha, no podrán  obtener una visa de inmigrante o un ajuste de estatus hasta que haya nuevas visas disponibles. Estos tres países han alcanzado su límite legislativo  y el mandato del congreso  para el año fiscal 2016, que termina el 30 de septiembre. Información sobre la visa EB-4 en disponibilidad para el año fiscal 2017 se publicará en septiembre de este año.

Las visas EB-4 para Inmigrantes Especiales incluyen individuos que podrían ser elegibles para el estatus de residente legal permanente basado en clasificaciones específicas, incluida la condición de estatus Migratorio Especial de Juveniles (SIJS), para niños que han sido abusados, abandonados o descuidados por uno o ambos padres. Los peticionarios de cualquier país, incluido El Salvador, Guatemala y Honduras, pueden continuar  el proceso de petición de Inmigrante Especial  ya que  no hay límite anual en el número de peticiones de inmigrantes especiales que el USCIS apruebe. Sin embargo, USCIS continuará aceptando las aplicaciones presentadas correctamente y las  solicitudes de residencia permanente bajo la clasificación EB-4 sólo hasta el 30 de abril de 2016. Además, USCIS procesará y tomara una decisión sobre las solicitudes de residencia sólo si tiene una petición presentada antes del 1 de enero de 2010, si es finalmente aprobado.

Si usted tiene pendiente una Petición de Inmigrantes Especiales presentada el 1 de enero de 2010 o después de esta fecha, el USCIS procesará y tomara una decisión sobre su petición pero retendrá la decisión de  aprobar su solicitud de residencia hasta que las visas EB-04 estén disponibles. Si va a presentar una solicitud de residencia bajo la clasificación EB-4 después del 30 de abril de 2016, el USCIS procesará y tomara una decisión sobre su solicitud de residencia sólo si usted presentó su solicitud antes del 1 de enero de 2010, y su petición es finalmente aprobada. USCIS retornara otras solicitudes de residencia pero continuará el proceso de Petición de Inmigrantes Especiales.

Hemos obtenido exitosamente la condición de Inmigrante Especial y residencia permanente para muchos niños que han sido abandonados o maltratados por uno de sus  padres. Lamentablemente este límite de visas posiblemente restringirá la capacidad de obtener este beneficio para muchos niños abandonados.

Para más información puede escuchar el programa La Verdad de La Ley todos los días a las 7:30 de la mañana o puede bajar la aplicación móvil en su teléfono celular.

El Abogado Stefan Latorre tiene oficinas en Charlotte, Monroe, Greensboro, Durham y Hickory en Carolina del Norte; Columbia y Greenville en Carolina del Sur; y Jacksonville en Florida. Para una consulta, llame al 1.800.966.6769.